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Actualizaciones: La Ley de Marcas

El color como marca y la figura del INTA.

Por Marcos Bocos Torres, abogado

¿Qué es el INTA? Es una organización sin ánimo de lucro fundada hace 123 años, que asocia a propietarios de marcas y profesionales en ejercicio en materia de marcas de 145 naciones en todo el mundo.

Como organización cuenta con más de 4.000 socios en la actualidad, entre los que se encuentran propietarios de marcas y profesionales en ejercicio dedicados a los diferentes sectores industriales, incluyéndose fabricantes, industrias, minoristas y publicistas.

En Europa el INTA supera la cifra de 800 miembros entre propietarios de marcas y profesionales en ejercicio.
Dentro de las funciones esenciales del INTA, como organización dedicada al avance y poyo de las marcas, consideradas como elemento esencial del comercio se encuentra:

  • proteger los intereses de los consumidores verificando un uso adecuado de las marcas.
  • defender el interés público mediante el desarrollo de las leyes y tratados sobre marcas y su normativa dependiente como competencia desleal, propiedad intelectual, etc.

En el sentido de protector del fraude y la confusión en los mercados el INTA se configura como garante no gubernamental de la OMPI (Organización Internacional de la Propiedad Intelectual), participando en las propuestas emanadas de la OMPI, además de participar activamente en iniciativas marcarías como el Protocolo de Madrid, y de ser observador también de otras Organizaciones Internacionales de gran interés.

A lo largo de la obra hemos hecho referencia a las dificultades que tiene todo empresario de registrar como marca un color, o una combinación de colores.

Y en este sentido el INTA entiende que es incongruente con los principios fundamentales de la Ley de Marcas denegar protección a una marca por el hecho de basarse en un color como característica física más diferenciada, el INTA ha elaborado informes de apoyo a empresas que pretenden registrar marcas definidas como combinaciones de colores o incluso simples sonidos.

Estos informes de apoyo, sin ninguna vinculación jurídica, resultan de importancia para el Juzgador dado el reconocimiento que tiene el INTA en las diferentes organizaciones Internacionales y su importante labor en el desarrollo del derecho de marcas a nivel internacional.

Son numerosos los ordenamientos jurídicos de diferentes países que han aceptado que un color o una simple combinación de colores pueden protegerse como marcas.

A nivel comunitario el INTA ha apoyado a diferentes empresas en asuntos que el Tribunal Europeo (TJCE) ha seguido, siendo el caso “LIBERTEL” el más conocido (aunque no existe resolución jurídica aún), manifestando en sus escritos y llegando a la conclusión que un color simple puede tener la capacidad de funcionar como una marca. Si un color específico tiene o no esta capacidad es una cuestión de hecho que habrá que analizar en cada supuesto.

Por ello, es necesario analizar siempre el caso concreto para determinar si un color puede constituirse como marca, y siempre en estos casos podemos conseguir el apoyo del INTA, que mediante una carta o escrito dirigido al Juzgador o al Organismo indicado puede recomendar que nuestra marca sea reconocida.

Es posible contactar directamente con la sede internacional del INTA, sita en Nueva York, para registrarse o bien a través de su Agente de la Propiedad Industrial.

http://www.inta.org

Barcelona, 3 de febrero 2004